miércoles, 26 de octubre de 2011

Teresa forcades y sus argumentos sobre el aborto








Con todo respeto, no puedo entender el concepto que la hermana Forcades tiene sobre la vida de las criaturas no nacidas y la compatibilidad con la Iglesia de Cristo, nuestro Cristo y la Iglesia de la que somos miembros, enseñados y concienciados.


La Madre Teresa de Calcuta, dijo: "Si aceptamos que una madre pueda matar a su hijo, ¿como podemos estar en contra de que la gente se mate entre si?

¿No es acoso la píldora del día después un medio abortivo?. ¿Puede alguien alegar que tiene 'la mente de Cristo' y a la vez practicar o estar a favor del aborto, en la etapa de fecundación que sea, interrumpiendo el proceso de un ser vivo en el seno materno?. ¿No es será práctica, "la muerte cruel y violenta de un ser humano"? (Gandhi).

Si Gandhi sin ser Católico tenía este punto de vista humano y cristiano. ¿Que le hace pensar a la hermana Forcades ver en esta práctica asesina,(no veo otra definición) una opción aceptable la cual tenga la aprobación divina?

La doctrina católica sobre el aborto tal como se recoge en el Catecismo de la Iglesia Católica es la siguiente:
El aborto

2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida (cf CDF, instr. "Donum vitae" 1, 1).

Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado (Jr 1, 5; Jb 10, 8-12; Sal 22, 10-11).

Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139, 15).

2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.

No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido. (Didajé, 2, 2; Bernabé, ep. 19, 5; Epístola a Diogneto 5, 5; Tertuliano, apol. 9).

Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables (GS 51, 3).

2272 La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. ‘Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae’ (⇒ CIC can. 1398), es decir, ‘de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito’ (⇒ CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf ⇒ CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación:

‘Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte’ (CDF, instr. "Donum vitae" 3).

‘Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho... El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos’. (CDF, instr. "Donum vitae" 3).

Todos aquellos que la niegan no pueden llamarse católicos.

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